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La Contabilidad es un sistema de información de carácter numérico mediante el cual la Empresa puede conocer su situación económica y financiera (Contabilidad financera), así como -en caso necesario- controlar costes (Contabilidad de costes) o hacer previsiones de futuro (Contabilidad presupuestaria).
Asimismo, la Contabilidad fiscal posibilita que el Empresario pueda cumplir con sus obligaciones tributarias.
El registro contable de las operaciones fue sistematizado en su día con la introducción del Plan General Contable, a partir del cual se han establecido adaptaciones (como el Plan para Pymes) y especializaciones (como el Plan destinado a las aseguradoras).
La introducción de asientos contables, anotaciones que responden al principio de la partida doble (“a toda partida deudora corresponde una partida acreedora”), constituye la base de dicho sistema de información.
A partir de estas anotaciones, efectuadas siguiendo un orden cronológico, se obtienen los extractos contables, mediante los cuales puede controlarse cuantitativamente tanto la situación de todo elemento patrimonial como los créditos o deudas con terceros.
También es a partir de los asientos que se obtienen aquellos estados contables que suponen una “instantánea” de la situación de la Empresa en determinado momento. Así, mediante el Balance de Situación podemos cuantificar globalmente aquello que tenemos (aspecto económico o Activo) y aquello que debemos (aspecto financiero o Pasivo);
mediante la Cuenta de Resultados podemos conocer si la Empresa obtiene beneficios o si sufre pérdidas en las operaciones mercantiles que efectúa.
Desde el punto de vista fiscal, es la Contabilidad la que permite cuantificar los importes que deben consignarse en las autoliquidaciones tributarias. Además, tratándose de sociedades mercantiles, el Balance de Situación y la Cuenta de Resultados son imprescindibles para el Empresario, pues constituyen el elemento sustentante del Impuesto de
Sociedades y de las Cuentas Anuales que, obligatoriamente y con periodicidad anual, debe presentar la Empresa ante la Agencia Tributaria (Impuesto de Sociedades) y ante el Registro Mercantil (Cuentas Anuales).
LA CONTABILIDAD DEL AUTÓNOMO
En general, a nivel contable, se tienen en cuenta las facturas emitidas (por venta de bienes y/o servicios) y las recibidas (por adquisición de bienes y servicios). En la adquisición de bienes deben diferenciarse aquellos que serán de utilidad para el Autónomo por un periodo superior al año, los cuales -puesto que se irán depreciando- harán necesario el calculo de amortizaciones.
A partir de las anotaciones contables se obtienen los Registros de Ventas, de Compras y de Bienes de Inversión, susceptibles de ser fiscalizados por la Agencia Tributaria, así como los datos para efectuar la correcta presentación de autoliquidaciones: Impuesto sobre el Valor Añadido, Retenciones a cuenta del Impuesto sobre de la Renta de las Personas Físicas, etc.
LA CONTABILIDAD DE LA SOCIEDAD MERCANTIL
A cuanto se expone en los párrafos precedentes cabe señalar que también deben ser contabilizados todos los movimientos bancarios y que deberán efectuarse ajustes y regularizaciones atendiendo a la legislación fiscal; asimismo, constituye obligación imperativa para la Sociedad mercantil la presentación anual del Impuesto de Sociedades y de las Cuentas Anuales.

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